Borrachos al volante

Vaya por delante que soy abstemio. Total. Ni una cervecita. Ni cava en Navidad.

Bueno, una vez dicho esto, paso a comentar la noticia: el Tribunal Constitucional suspende una condena a un conductor que dió tres veces más de la tasa del alcohol permitida, porque no dio indicios de no estar en condiciones de conducir.

Pues bien: a mí me parece bien. La sentencia es correcta.

A veces nos olvidamos de unos detallitos fundamentales, que son los que hacen que el Estado de Derecho funcione. Uno de ellos es que el Derecho Penal es subsidiario. ¿Qué quiere decir eso? Fácil: que sólo se aplica para casos en los que no valgan el resto de legislaciones. Y que una persona conduzca con más alcohol del permitido en aire espirado, pero maneje su vehículo con soltura, no es algo grave que no pueda ser sancionado de acuerdo con el Reglamento de Tráfico, que prevee sanciones de tipo administrativo.

Por tanto, ese conductor que, pese a ir más bebido de lo permitido, no puso en peligro su vida ni la de otros, es inocente penalmente hablando.

Eso sí... al no cumplir el Código de Circulación, será sancionado con una multa exhorbitante y retirada de carnet por al menos un año. Si eso también me parece bien.

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